Articulo

Estructuras legales

Cada empresario y cada negocio son diferentes. En el portal tenemos la opción para aquellos que hacen negocios de forma independiente, en conjunto y para familiares. Descubre las diferentes opciones legales para formalizar tu negocio que ofrecemos:

Personas Físicas (PF)

Las personas físicas son profesionales liberales (abogados, ingenieros, publicistas, entre otros) o personas con un oficio quienes realizan actividades que generan obligaciones. En esta, te identificas con tu nombre y apellido.

1. No tienes que aportar un capital social.

2. Es una estructura individual, no hay socios.

3. No requieres un organismo de administración.

4. Te puedes acoger al proceso simplificado de tributación (si tus ingresos no superan los ocho millones cuatrocientos treinta y siete mil ochocientos ochenta y siete pesos. RD$8,437,887.00).

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Son aquellas empresas que se forman con un mínimo de dos socios y hasta un máximo 50 socios, mediante aportaciones de todos.

1. Los socios no responden personalmente a las deudas sociales y su responsabilidad por las pérdidas se limita a sus aportes.

2. La administración de la misma la puede llevar a cabo una persona física (socio/a o no), es decir, no requiere de un consejo de administración.

3. El nombre de la empresa seleccionado por los socios de la empresa debe estar compuesto por el nombre elegido, seguido de las palabras «Sociedad de Responsabilidad Limitada», o de las iniciales «S.R.L.» (ej. Industria Licorera La Garza, S.R.L.).

4. Los esposos pueden ser socios.

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)

Son aquellas empresas de único dueño, la cuales forman un patrimonio independiente y separado del patrimonio personal del titular.

Requisitos:

1. Acta constitutiva legalizada por un abogado notario.

2. Comprobante del depósito del aporte, emitido por la entidad bancaria correspondiente (Carta de Banco).

3. Fotocopia de la cédula de identidad y electoral.

*Las EIRL no tienen establecido un capital mínimo y no tienen que pagar del 1% del impuesto de constitución.

¡EMPRENDE Y FORMALÍZATE!

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